Advertisement

Gabinete de Gabinete de Salud. Raquel Peña Vicepresidenta de la República y coordinadora del Gabinete de Salud

Medidas dispuestas en decreto decreto 37-21

Lista de las nuevas medidas del Gobierno por el COVID-19

Plan Nacional de Vacunación estará basado en el Padrón Electoral y otras medias contenidas en decreto 37-21

Peña hizo el anuncio en una rueda de prensa en la que informó la flexibilización de varias restricciones adoptadas para combatir la propagación del coronavirus, medida que dijo fue adoptada debido a que se ha registrado una disminución en la tasa de positividad en los últimos días y un franco descenso en la curva de contagios.

El Gabinete de Salud presidido por la vicepresidenta Raquel Peña anunció las nuevas medidas que regirán el comportamiento de los ciudadanos desde el miércoles 27 de enero hasta el 8 de febrero del presente año. En el decreto emitido por el  Poder Ejecutivo  tiene  por objeto disponer el toque de queda y las demás medidas de distanciamiento social necesarias para combatir la COVID-19 en el marco del estado de emergencia declarado mediante el decreto núm. 265 -20 y prorrogado por última vez mediante

Lista de las medidas.

Horario del toque de queda

1-)Horario del toque de queda. Se establece el toque de queda en el tetTitorio nacional de lunes a viernes desde las 7:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. y los sábados y domingos desde las 5:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. ARTÍCULO S. Gracia de libre circulación. Se dispone una gracia de libre circulación de 3 horas adicionales todos los días, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias. En consecuencia, habrá libre tránsito de lunes a viernes hasta las 10:00 p.m. y los sábados y domingos hasta las 8:00 p.m. PÁRRAFO. Se instruye a las entidades públicas que prestan servicios de transporte público, tales como la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET) y la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), a ofrecer sus servicios durante el horario de la gracia de libre circulación.https://www.youtube.com/embed/TfXZk1RR9NQ?feature=oembed

2-)Durante el horario del toque de queda se permitirá la circulación de las siguientes personas:  dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y personal farmacéutico. Personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia. Personas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas. Miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados. Operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadores de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.  Operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.

3-)Personas que laboren en la industria y comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia y desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada por la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus. h) Empleados o contratistas de restaurantes, farmacias o colmados que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos o crudos o medicamentos, quienes tendrán permiso para circular hasta las 11 :00 pm. , exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.

 4-) Pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.

5-) Empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones labora .

6-)Se recuerda   los ciudadanos que tienen permiso para circular durante este horario, entre ellos, el personal de salud, de seguridad, de prensa, los operadores de vehículos y los que trabajan en la elaboración de alimentos, entre otras.

Regulación de espacios públicos y privados de uso público

7-)La nueva disposición establece que las personas podrán utilizar los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, para actividades que no impliquen aglomeración y en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

😎Para las prácticas deportivas, el decreto dispone que los gimnasios podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 60% de su capacidad total, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios establecidos.

9-)Mientras que para los lugares de consumo de alimentos y bebidas, establece que podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 60% de su capacidad total, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes y sin exceder de 6 personas por cada mesa.

10-)Además indica que en los lugares destinados a la celebración de actividades religiosas, como las iglesias católicas y de otras denominaciones, pueden celebrar sus cultos tres veces a la semana.

11-)La disposición indica que las actividades del sector turístico seguirán reguladas mediante su protocolo sectorial y mantiene prohibidas la organización, promoción y ejecución de actividades masivas, como fiestas u otras similares en las instalaciones turísticas de todo el país.

12-)Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente capítulo, se dispone la presencia de vigilantes sanitarios o inspectores COVID-19 en los espacios públicos y privados de uso público descritos anteriormente, cuyas funciones serán coordinadas por el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Deportes y Recreación, el Ministerio de Turismo y los ayuntamientos municipales.

13-)El decreto dispone que el horario laboral en el sector público será hasta las 3:00 de la tarde y que el 40% de la plantilla de empleados públicos no esenciales para la actividad del Estado, continuará sus labores a través del teletrabajo.

14-)También ordena el uso obligatorio de mascarillas en lugares públicos y el distanciamiento social.

Desglose

Sobre Plan Nacional de Vacunación

La vicepresidenta de la República, Raquel Peña, anunció este viernes  que en la próxima semana iniciarán el proceso de socialización del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19, el cual estará basado en el Padrón Electoral, para organizar a los ciudadanos y que contempla la integración de los centros de votación al proceso.

«Este plan deberá ser parte fundamental del pacto nacional propuesto al país por el presidente Luis Abinader», señaló.

Modificación Toque de queda

Entre las nuevas medidas está la modificación del horario de toque de queda que desde el próximo miércoles estará en vigor a partir de las 7:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana  de lunes a viernes y a partir de las 5:00 de la tarde los fines de semana, con tres horas de libre circulación para permitir el regreso de los ciudadanos a sus domicilios.

Autorizan reabrir gimnasios, bares, colmadones y otros lugares

Entre otras medidas, el Gobierno permitió la reapertura de los gimnasios, bares y restaurantes  con una capacidad de hasta el 60 %

Malecones, parques y áreas al aire libre

Del mismo modo, se podrán realizar actividades de recreación y de deporte en los malecones, parques y áreas al aire libre, que no  impliquen la aglomeración de personas.

El Gobierno dispuso este viernes que las personas puedan utilizar los espacios abiertos  al aire libre, tales como parques y  malecones  para actividades que no impliquen aglomeración de personas y bajo el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes, a partir del 27 de enero.

Asimismo, dispuso que los lugares dedicados a practicas deportivas y ejercicios físicos, tales como gimnasios.

Lugares de consumo de alimentos y bebidas

Los lugares de consumo de alimentos y bebidas podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 60% de su capacidad total.

En el caso de los lugares de consumo de alimentos y bebidas no podrán  exceder seis personas por mesa en los lugares que aplique.

Iglesias

Las iglesias y otras denominaciones religiosas podrán celebrar sus actividades tres veces por semana y sin exceder el 60% de la capacidad de sus instalaciones.

Las actividades religiosas en las iglesias serán permitidas tres veces por semana

Prohibidas las fiestas

El Colegio de Médicos avisa: "Los hospitales de Logroño no pueden  permitirse más ingresos" | Rioja2.com

Las fiestas y eventos masivos que conlleven la aglomeración de personas continuarán prohibidos, incluso en los hoteles, que se rigen por un protocolo diferente.

Sector Público

Mientras que en el sector público, el horario de trabajo será hasta las 15.00 horas y se incentivará el teletrabajo para los funcionarios no esenciales.

Nuevos horarios del Metro y la OMSA a partir del 27 de enero entre nuevas medidas dispuestas en decreto 37-21

El Decreto 37-21 anunciado hoy por el Gabinete de Salud estableció nuevos horarios en el servicio de transporte, específicamente en la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET) y la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) a partir del 27 de enero.

En el caso de la OMSA, el horario en sus labores será desde las 6:00 de la mañana hasta las 10:00 de la noche, de lunes a viernes.

Mientras que los fines de semana laborarán desde las 6:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche.

El Metro y el Teleférico pertenecientes a la OPRET, empezarán sus labores en el servicio a las 6:00 de la mañana y cerrarán a las 10:00 de la noche, de lunes a viernes.

En tanto, el horario en los fines de semana será hasta las 8:00 de la noche.

Se recuerda que a partir del 27 de enero la restricción de horario inicia a las 7:00 de la noche y culmina a las 5:00 de la madrugada, de lunes a viernes, con libertad de tránsito hasta las 10:00 de la noche.

En cambio, los fines de semana comenzará a las 5:00 de la tarde y terminará a las 5:00 de la mañana, con una gracia de tres horas para llegar a casa, es decir, a las 8:00 de la noche.

Las medidas está contenida en  el decreto 37-21,

Las medidas está contenida en  el decreto 37-21, dado a conocer este viernes por la vicepresidenta de la República, Raquel Peña y en el cual fueron modificados  los horarios de toque de queda, cuya medida entrará en vigencia a partir del miércoles 27 de enero hasta el lunes 8 de febrero del año en curso.

Pide Responsabilidad y conciencia comunitaria

Peña pidió a la población adoptar estas medidas con “responsabilidad”, tras enfatizar que  el deber de combatir el virus también recae en las empresas y en los ciudadanos.

«Tenemos la misión de ser héroes protegiéndonos y protegiendo a los demás, para lograr todos unidos la erradicación del Covid-19 en la RD. La responsabilidad de contener al coronavirus recae tanto sobre los hombros del gobierno central como sobre los hombros de los distintos sectores económicos que desarrollan la RD así como de todos los que habitamos nuestro país»


Fuentes cortesía: Presidencia RD El DiaHoy Digital

Advertisement